martes, 8 de mayo de 2012

Primer acto para la reforma al Código

Cristina Kirchner reunió por primera vez en su despacho de la Casa Rosada a la comisión que tendrá la misión de elaborar un anteproyecto para reformar de punta a punta el Código Penal en 180 días. En presencia de sus cinco miembros –tres de ellos referentes de fuerzas políticas opositoras–, la Presidenta firmó el decreto que establece el objetivo de devolverle “coherencia” al conjunto de normas penales y “proporcionalidad a las escalas” de penas para los distintos delitos, cualidades alteradas con cerca de mil modificaciones y la creación de leyes especiales a lo largo de noventa años. Otras dos cuestiones que menciona el texto son la integración de las definiciones que surgen de los tratados internacionales de derechos humanos y la “armonización” de la legislación local con la del resto de los países de la región. La propuesta para renovar de manera integral el Código –que anticipó la semana pasada Página/12– fue alentada por el juez de la Corte Suprema Raúl Zaffaroni, quien hará equipo con el ex camarista León Arslanian, los diputados Ricardo Gil Lavedra (UCR) y Federico Pinedo (PRO) y la ex diputada María Elena Barbagelata (en representación del Frente Amplio Progresista). La flamante comisión tuvo ayer una reunión inicial con el ministro de Justicia, Julio Alak, y después vino el encuentro de más de una hora con la Presidenta, al que asistieron también el secretario legal y técnico, Carlos Zannini, y el secretario de Justicia, Julián Alvarez. Ante las cámaras se los vio a todos sonrientes. A puertas cerradas, también se mostraron entusiastas y de buen humor, aunque nadie arriesgó grandes definiciones, que se discutirán de ahora en adelante. Cristina Kirchner planteó sus expectativas de que un nuevo Código Penal le sirva a toda la sociedad para la convivencia, para dar confianza y también habló de la protección frente al delito, según pudo reconstruir este diario. Un concepto central que transmitió es que se ofrezcan garantías tanto para quien es enjuiciado como para las víctimas. Insistió en el papel de la comunidad y, en ese punto, se explayó a favor del juicio por jurados. Lo expertos escucharon y le deslizaron dos sugerencias: que se intente avanzar con la creación de un régimen penal juvenil (para los menores) y también con la reforma del Código Procesal Penal, que cambie la lógica del sistema imperante de juicios eternos y centralizados en la figura del juez. Desde el momento en que Za-ffaroni contactó a los juristas hubo una voluntad común de lograr una reforma que integre las leyes especiales que ahora se encuentran dispersas (que van desde las ambientales hasta los que se refieren a delitos aduaneros y cambiarios), equilibre las penas, incorpore delitos previstos en la legislación internacional (como la desaparición forzada y el genocidio) y establezca un sistema de penas mínimas y nuevos topes, entre muchos otros aspectos. Lo que terminaron de acordar ayer, incluso con la Presidenta, es que se excluirá del anteproyecto cualquier referencia a la despenalización del aborto, ya que ese punto fue el que trabó el último intento de reforma seis años atrás. Eso no quita que se redacte un texto claro –siguiendo el reciente fallo de la Corte– que especifique que cualquier mujer que es víctima de una violación puede acceder a un aborto no punible. “El Código Penal ha estado sometido a muchas reformas y las de los últimos años terminaron por desarmar su armonía”, le dijo Za-ffaroni a este diario luego del encuentro en la Casa de Gobierno. “Todo esto ha creado un grado de falta de certeza jurídica serio. Un Código Penal es un apéndice de la Constitución. Debe definir bien qué pena tiene cada delito. De lo contrario todo queda librado a interpretaciones torcidas y arbitrarias. Se trata de evitar que haya sentencias anuladas porque se confundieron la ley que está vigente. Y de lograr equilibrar los bienes jurídicos, de modo que no valga más la propiedad que la vida”, advirtió el penalista. Zaffaroni explicó que la cuestión del aborto, en todo caso, deberá ser contemplada por una ley especial. Ese criterio, sostuvo, se trasladará a aquellos temas que “sean susceptibles de sufrir reformas a corto plazo” y que “la experiencia muestra que a cada rato se legisla de modo diferente”. En ese espectro no descartó que también quede reservada al texto de una ley aparte la despenalización de la tenencia de droga para consumo personal. La idea de que la comisión reformadora esté conformada por mayoría de representantes de la oposición política también surgió de Zaffaroni. Está basada en la experiencia previa a la propia creación del Código Penal, que sólo pudieron destrabarse y lograr la sanción en 1922, después de que tomara las riendas una mayoría opositora al gobierno de Hipólito Yrigoyen conducida por el diputado conservador Rodolfo Moreno. El antecedente aparece mencionado en el decreto firmado ayer por Cristina, que además recuerda que aquel Código inicial significó la abolición de la pena de muerte y la incorporación de la libertad condicional, además de haber unificado la legislación penal. El texto designa a los integrantes del grupo al que la Presidenta le encomendó elaborar el anteproyecto. Señala que el Código Penal fue objeto de “múltiples reformas” que le han hecho perder “coherencia” y han afectado la “proporcionalidad” de las escalas penales con la adopción de “normas represivas especiales”. También dice que “la incorporación de instrumentos internacionales de máxima jerarquía” a partir de la reforma constitucional de 1994 “ha impuesto una interpretación en la jurisprudencia que conforma un conjunto de cuestiones que demandan de un tratamiento integrador”. Sostiene que la ley local debe estar en consonancia con las legislaciones de la región para facilitar la cooperación entre Estados y las estrategias comunes. El decreto invoca como referencia un proyecto de reforma que fue elaborado en 2006, por una comisión coordinada por el entonces secretario de Política Criminal, Alejandro Slokar (ahora juez de Casación Penal). Aquel diseño del Código estaba encabezado por el delito de Genocidio, como el más grave, ya que “la humanidad” era tomada como un valor central. Ponía la pena máxima en 30 años, en reemplazo de los 55 actuales, que quedaron establecidos después del endurecimiento introducido en las llamadas “leyes Blumberg”, que generaron otras serie de incongruencias, como que ciertos robos tengan más pena que un homicidio. Eliminaba la reclusión perpetua, proponía penas alternativas y les daba protagonismo a las víctimas en el impulso de la acción penal. Ampliaba derechos laborales, incorporaba delitos ambientales, elevaba penas para delitos de funcionarios públicos, reemplazaba la figura de asociación ilícita y precisaba que a los menores no se les puede aplicar el Código Penal, sino que requieren un régimen propio. También abarcaba la despenalización de la tenencia de droga para autoconsumo y del aborto en los tres primeros meses de gestación. Este último punto fue el más conflictivo, que impidió que avanzara el proyecto. Zaffaroni explicó que la comisión hará un análisis de las leyes especiales vigentes para resolver cuáles y cómo se sistematizan, y mencionó entre otros temas claves a discutir desde qué sistema de penas mínimas (y máximas) se aplica hasta qué medidas de seguridad adoptar para los inimputables.

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domingo, 6 de mayo de 2012

Proyecto de Código Civil y Comercial Unificado

Como saben, la Comisión LHK (Lorenzetti, Highton, Kemelmajer, et. al.) entregaron a la PNA el (ante) proyecto de Código Civil y Comercial Unificado. En los siguientes links van a poder descargar tanto el proyecto completo como así también sus fundamentos.

Proyecto Código Civil y Comercial Unificado

Fundamentos

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sábado, 28 de mayo de 2011

Dos años de prisión efectiva por amenazar a su novia con SMS

El hombre reconoció el hecho ocurrido en Córdoba. Deberá cumplir prisión efectiva por estar acusado en otras causas.

La Cámara 6ª del Crimen, a cargo del juez Alberto Crucella, condenó hoy a dos años de prisión efectiva a un hombre que acusado de violencia de género contra su pareja.

Se trata de Miguel Ceballos, de 36 años, quien reconoció haber amenazado a través de mensajes de texto a su novia.

El juicio tuvo carácter de "abreviado" y Ceballos deberá cumplir prisión efectiva al estar acusado en otras causas.

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miércoles, 25 de mayo de 2011

Ordenan elaborar un protocolo para el tratamiento de detenidos con “potencialidad conflictiva”

Lo dispuso Juan Pablo Salas, juez federal de Morón, en el marco de un hábeas corpus colectivo en donde se cuestionaron condiciones de detención en el Complejo Penitenciario de Marcos Paz. Encomendó conformar un equipo de trabajo interdisciplinario.

El juez Juan Pablo Salas, a cargo del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 3 de Morón, ordenó la elaboración de un protocolo con “puntos de acuerdos básicos sobre el abordaje de jóvenes adultos con alta potencialidad conflictiva” que se encuentran detenidos en el penal de Marcos Paz.

El magistrado tomó esa decisión pese a haber rechazado el habeas corpus colectivo presentado por la Procuración Penitenciaria de la Nación, en favor de los detenidos alojados en el Pabellón N° 3 del Módulo residencial V (Unidad N° 24 SPF) del Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz.

La causa se originó a raíz de la presentación de habeas corpus colectivo dando cuenta que algunos internos se hallaban “sometidos a un régimen de sectorización que implicaba un encierro en celda individual de tiempo excesivamente prolongado”.

Si bien la situación que dio origen al expediente ya se había superado, el juez buscó la elaboración de reglas mínimas de actuación para evitar futuros conflictos similares.

 En ese sentido, ordenó al Servicio Penitenciario Federal que conforme un equipo de trabajo interdisciplinario, convocando a las dos organizaciones de derechos humanos que participaron en la causa (C.E.L.S y A.D.C) y que en un plazo ordenatorio de 60 días presente el protocolo para ser homologado en sede judicial.

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martes, 17 de mayo de 2011

Reconocimiento a la propiedad ancestral

El máximo tribunal de Justicia de Córdoba falló a favor de una comunidad de campesinos que habían sido condenados como usurpadores del territorio donde siempre vivieron. El fallo, que recupera los argumentos de un juez civil, sienta jurisprudencia.

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba emitió una sentencia que sienta jurisprudencia respecto de los derechos de las familias campesinas. En un conflicto del noroeste de Córdoba, absolvió a ocho campesinos acusados de “usurpación” de un territorio que siempre utilizaron y, en un cambio de paradigma jurídico, priorizó la posesión ancestral de la tierra por sobre los derechos de un empresario que había comprado las tierras. “Es un fallo histórico porque el máximo tribunal reconoce los derechos campesinos a la tierra y los derechos posesorios de las familias campesinas por sobre los supuestos derechos de un privado que llega a un lugar y pretende barrer con las familias con posesión ancestral y acabar una forma de vida comunitaria”, explicó Ramiro Fresneda, abogado del Movimiento Campesino de Córdoba (MCC), y recordó que en toda la Argentina se repiten los conflictos “y el Poder Judicial, sobre todo del interior, suele negar los derechos a campesinos e indígenas, reconocidos por el derecho interno e internacional”.

El Chacho es un pueblo del noroeste de Córdoba, al límite con La Rioja. Calles de tierra, calor intenso, muy poca agua. En la zona no hay soja, pero el corrimiento del monocultivo sobre otras zonas de provincias ocasionó el avance de la ganadería sobre lugares antes despreciados por los empresarios, e históricamente en posesión de campesinos.

En 2004 se inició una disputa tan repetitiva como vigente. Un empresario (Martín Rodolfo Buttié) reclamó como propio un campo de 2700 hectáreas de uso comunitario de familias campesinas y les exigió el pago mensual por pastoreo de los animales. El conflicto llegó a un juicio civil, que en 2006 dio la razón a las 40 familias campesinas, que no debían pagar por pastoreo, por entender que se trataba de una posesión “comunitaria” de las familias que viven desde hace generaciones en El Chacho.

Pero también se inició una causa penal. El juez de la Cámara en lo Criminal de Cruz del Eje, Ricardo Py, condenó en 2008 a prisión a ocho campesinos por “usurpación” de la tierra donde siempre vivieron, trabajaron y criaron animales. También solicitó que el campo pasara a manos de Buttié. La apelación, presentada por Fresneda y Mariana Romano, llegó al Tribunal Superior de Justicia de la provincia.

“Se dispone absolver por el delito de usurpación”, dictaminó el viernes último por unanimidad del máximo tribunal de Córdoba y marcó jurisprudencia en su fundamento: “El título de dominio (de la tierra) no acredita posesión (...) Y a ellos debe agregarse la situación que se presente en el norte de Córdoba frente a poseedores ancestrales, en su gran mayoría son personas pobres y de escasa instrucción, y la falta de saneamiento de títulos, con la consiguiente inseguridad jurídica para los mismos”.

Y arremete de lleno contra la clásica situación que se vive en el campo de Argentina, cuando privados exhiben dudosos títulos de propiedad y pretenden desalojar a los poseedores ancestrales. “No surge prueba concluyente sobre la posesión de Buttié del predio, pues no está probada la realización de actos objetivos que lo demuestren, por ejemplo que tuviera allí animales propios o hubiera realizado tareas de desmonte o alambrado”, fundamenta el Tribunal Superior.

La Justicia revalorizó los argumentos del juez civil de primera instancia (Fernando Aguado) y revirtió el argumento de la primera instancia penal: “El campo en cuestión era usado, explotado y poseído por los accionantes (campesinos). De modo que lo que debe extraerse es, en todo caso, que fue Buttié quien incurrió en una turbación de dicha posesión al ordenar el ingreso al mismo de su empleado”. Y remarca que la presencia de animales de las familias campesinas, como así también la realización de trabajos en el predio “concurren a respaldar la versión de los campesinos en el sentido de haberse desempeñado siempre como poseedores del predio”.

Roque Farías siempre vivió en el lugar, con su familia, y recuerda que su abuela Adolia (fallecida en 2009) nació en la misma tierra que hoy habitan sus bisnietos. Similares historias de vida acreditan Graciela del Valle Arévalo, Clara María Farías, Ramón Nicolás Fernández, Santos Ernesto Fernández, Tomás Comelio Silva, Marta Ugina y Ricardo Cuebas. Ya ninguna deberá ir a prisión. Y, junto a otras 32 familias, podrán seguir utilizando las parcelas comunitarias.

El juez de primera instancia había condenado que las familias campesinas hayan cambiado los candados del campo. E incluso lo utilizó como acción de “usurpación”. El Tribunal Superior entendió el hecho de manera totalmente opuesta: “Se han interpretado erróneamente las pruebas de que el cambio de cerradura en la tranquera constituyó un acto de despojo del inmueble en lugar de un acto lícito de defensa de una posesión del inmueble que los encausados ya tenían”. Legitimó el ejercicio de defender el derecho de posesión, y fundamentó: “En un contexto de angustia ante la posibilidad de tener que efectuar un pago para el que su pequeña economía no estaba preparada, aseguraron la permanencia de sus animales mientras se resolvía el conflicto. Lo cual revela la ausencia del dolo”.

En Argentina rige en el Código Civil el “derecho veinteañal”, que legisla que luego de veinte años de posesión pública, pacífica e ininterrumpida, el ocupante que dio uso productivo a una tierra, tiene derechos sobre el lugar. Pero el Poder Judicial suele negar ese derecho y privilegiar el título de propiedad de quien nunca habitó ni trabajó la parcela.

“Es una sentencia histórica para la lucha campesina porque reconoce derechos adquiridos de familias que por generaciones habitan y trabajan la tierra que les corresponde más allá de cualquier título de propiedad. Y es un llamado de atención a los jueces que dictan sentencias arbitrarias e injustas afectando derechos humanos básicos de los que menos tienen”, explicó Fresneda.

El Movimiento Campesino de Córdoba (que integra el Movimiento Nacional Campesino Indígena-Vía Campesina), estima que en el norte de la provincia existen al menos 100 conflictos por tierras.

Aunque históricamente se avanzó sobre territorios campesinos, el MCC explica que los conflictos de tierras se multiplicaron de la mano del avance sojero en la provincia. El Movimiento Nacional Campesino Indígena (donde el MCC es una de sus organizaciones fundantes) afirma que en la última década fueron desalojadas al menos 200 mil familias campesinas e indígenas, y apuntan como principal causante al modelo de agronegocios actual.

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